Baches en la Ruta 40: desde Vialidad Nacional responden que no pueden reconocer ningún reclamo o indemnización por los daños que causa el estado de la calzada

Juan Ignacio es un vecino de El Bolsón que debido al pésimo estado de la Ruta 40 entre El Bolsón y Bariloche, en los pasados meses en dos ocasiones sufrió rotura de neumáticos de vehículo a causa de los baches. Conocido su relato (similar al de otros cientos de vecinos de la región), desde InfoChucao nos pusimos en contacto con autoridades del distrito 20° Río Negro de Vialidad Nacional quienes indicaron que ellos no estaban autorizados a recepcionar reclamos y que toda queja o petición debía ser enviada a las oficinas centrales del organismo nacional. Casi dos meses más tarde, el vecino recibió la respuesta a su reclamo: “no puede reconocer o conciliar reclamo alguno de indemnizaciones dinerarias en el ámbito extrajudicial” por lo que como única respuesta es que realice una demanda judicial. Asimismo, recomiendan presentar nota ante el Distrito donde ocurrieron los hechos. O sea, desde el Distrito Río Negro indican que hay que reclamar ante las Oficinas Centrales, y desde estas recomiendan hacerlas en las de nuestra provincia. “Se tiran la pelota unos a otros y ninguno da una respuesta” señaló el vecino damnificado.
A continuación, compartimos el texto completo
“Estimado Juan Ignacio:
En principio agradecemos su contacto y lamentamos la situación por usted trasladada, al respecto le informamos que la Gerencia de Asuntos Jurídicos de esta repartición, indicó que el Decreto PEN 28211/44 dictaminó en su Artículo 1: “Declarase que el Poder Ejecutivo no admitirá por vía de gestión administrativa, la responsabilidad del Estado en las reclamaciones por daños y perjuicios que se promuevan con motivo de hechos o accidentes en que sean parte sus empleados o agentes, acaecidos en circunstancias en que éstos realizan las funciones o tareas encomendadas; debiéndose dejar librada a la eventual contienda judicial, tanto lo relativo a la responsabilidad por las consecuencias de los hechos o accidentes como lo que se refiera al monto de la compensación a que hubiera lugar.”
Por lo expuesto, esta repartición – al formar parte de la órbita del Estado Nacional – no puede reconocer o conciliar reclamo alguno de indemnizaciones dinerarias en el ámbito extrajudicial, siendo así que este decreto se hace extensivo a todo tipo de reclamos por daños y perjuicios ocasionados a los conductores de vehículos sobre rutas nacionales.
Sin perjuicio, usted se encuentra en posición de realizar el reclamo que considere necesario, para ello le sugerimos presentar una Nota Formal frente al distrito correspondiente a la provincia donde sucedieron los hechos, o bien en Casa Central de esta Dirección Nacional de Vialidad.
Por lo expuesto, y en cumplimiento de nuestra función, quedamos a su entera disposición para cualquier otro aspecto que pudiera Ud. requerir a través de nuestro Centro de Atención al Usuario”.

Realmente indigna esta respuesta ya que, por un lado, solamente deja la vía judicial, mucho más complicada y costosa para reclamar por los daños causados por la falta de mantenimiento en una ruta nacional. Seguramente serán muy pocos los vecinos damnificados que apelarán a esta forma de reclamo. A su vez, da la impresión de que “se tiran la pelota” cuando desde el Distrito 20° Río Negro, informan que los reclamos hay que realizarlos ante las Oficinas Centrales de Vialidad Nacional y desde este organismo recomiendan peticionar ante las dependencias de la provincia donde sucedieron los hechos. Un verdadero manoseo sin que se dé ninguna respuesta concreta.