
El productor de fruta fina, Enrique Silva, había sido acusado en 2024 de drogar y abusar de una joven. Tras un año de investigación, la Justicia concluyó que no existían evidencias en su contra y la jueza Silvana Vélez dictó el sobreseimiento.
Enrique Silva, reconocido productor de fruta fina en El Hoyo, había sido detenido en 2024 acusado de drogar y abusar de una joven. El caso generó impacto en la Comarca Andina, aunque desde el inicio el imputado sostuvo su inocencia. Un año después, la jueza Silvana Vélez lo sobreseyó a pedido de la Fiscalía de Lago Puelo, que no encontró pruebas en su contra.
La denuncia se basaba en que Silva habría ofrecido un jugo a la joven en su chacra, lo que la habría descompuesto hasta perder la conciencia. Según esa primera versión, la víctima relató que al despertar lo escuchó decir que “no le pasaría nada porque les pagaba a los jueces”.
Horas más tarde, la denunciante fue asistida en el hospital con malestar y refirió haber sido víctima de abuso sexual. Sin embargo, ninguno de los peritajes posteriores confirmó esos dichos.
Inconsistencias en el relato
El fiscal Nicolás Vasiliev repasó que se realizaron allanamientos en diez propiedades de Silva y de su hijo. Sin embargo, ninguna de esas medidas arrojó elementos incriminatorios.
La presunta víctima había asegurado que el episodio ocurrió el 6 de julio a las 18, y que el abuso se produjo en la madrugada del día siguiente. No obstante, las cámaras de seguridad mostraron que ese sábado la joven fue vista en un supermercado junto a un amigo y luego en una reunión donde compartió bebidas y bailó.
Testigos, incluida su madrina, confirmaron que la chica había estado en buen estado durante ese día y que participó de actividades sociales. Esto debilitó la verosimilitud de la denuncia.
Sin pruebas médicas ni toxicológicas
El examen físico practicado en el hospital no encontró indicadores de abuso sexual. Además, el Laboratorio Regional de Genética Forense del Poder Judicial de Río Negro no detectó rastros biológicos de Silva en las prendas ni en el cuerpo de la joven.
En cuanto a la supuesta bebida adulterada, el análisis toxicológico no reveló la presencia de medicamentos, estupefacientes ni psicotrópicos. La única sustancia detectada fue alcohol, ingerido durante la fiesta con amigos.
La Fiscalía también revisó los celulares, pero no halló evidencias que respaldaran el relato. En la Cámara Gesell, la joven no pudo aportar detalles de relevancia penal ni reconstruir lo que había dicho inicialmente a médicos y policías.
Un testimonio insuficiente
“Esas referencias o indicaciones han quedado solo en ese momento y nunca más dijo nada al respecto, pese al acompañamiento que realizó el Servicio de Asistencia a la Víctima del Delito”, señaló el fiscal en su dictamen.
Según el Ministerio Público Fiscal, la denunciante “no ha podido explicar en particular el cuándo, dónde o cómo habrían ocurrido el o los posibles hechos”. Incluso reconoció que no podía precisar si lo que relataba había sido “un recuerdo o un sueño”.
Ante esa falta de consistencia, la Fiscalía concluyó que no existía base probatoria suficiente para sostener una acusación en un eventual juicio oral.
El sobreseimiento
El dictamen sostuvo que “la culpabilidad de una persona se considera establecida más allá de toda duda razonable únicamente cuando no existe ninguna explicación alternativa plausible que sea compatible con la inocencia del imputado”.
Con el cuadro probatorio débil y sin posibilidad de fortalecerlo en etapas posteriores, el fiscal pidió el sobreseimiento. La jueza Silvana Vélez aceptó el planteo y resolvió a favor de Silva.
De este modo, el productor fue definitivamente desvinculado de la causa luego de pasar un año bajo proceso penal por un hecho que la Justicia concluyó que no existió.
Fuente: Jornada.

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