El máximo tribunal designó a cuatro magistrados, dos como titulares y dos como suplentes, para intervenir en una causa que cuestiona la validez del artículo 154 del DNU 70/23, que derogó la Ley de Tierras Rurales.

La Corte Suprema de Justicia designó este martes a los magistrados Diego Barroetaveña y Juan Ingácio Pérez Cursi como conjueces titulares, mientras que Eduardo Guillermo Farah y Jorge E. Morán fueron designados como suplentes. La decisión se tomó para intervenir en un expediente vinculado con la validez del artículo 154 del DNU 70/23, mediante el cual se derogó la Ley de Tierras Rurales.
La resolución se conoció después de que la semana pasada los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti hicieran lugar a un recurso presentado por el Estado y revocaran la sentencia de la Cámara Federal de La Plata que había declarado la inconstitucionalidad del artículo 154 del DNU 70/2023.
El expediente que ahora deberá analizar la Corte había comenzado en diciembre de 2023, poco después de la sanción del DNU. A diferencia de la causa iniciada por el Centro de Ex Combatientes Islas Malvinas La Plata (CECIM), en este caso se requiere incorporar otros integrantes al tribunal para alcanzar una mayoría de tres votos.
El planteo de Árbol de Pie y las comunidades indígenas
La nueva intervención de la Corte se originó a partir de un pedido de aclaratoria presentado el 30 de septiembre por la asociación civil Árbol de Pie, las comunidades indígenas “LAFKENCHE” y “LOF FVTA ANECON” y la legisladora Odarda, luego de que se conociera el fallo en la causa CECIM.
Los demandantes sostienen que este segundo expediente había sido acumulado al iniciado por CECIM, pero consideran que tienen legitimación propia para continuar con la demanda y que, por lo tanto, no deberían quedar alcanzados por la resolución adoptada en ese caso.
En ese planteo, señalaron que su causa “llegó a conocimiento de esa Corte como consecuencia de su vinculación objetiva con CECIM, pero no existe en las actuaciones resolución que haya rechazado nuestra demanda, declarado la pérdida de su objeto, tenido a sus actores por incorporados como partes de CECIM ni examinado los títulos de legitimación invocados por éstos”.
A partir de ese pedido, la Corte Suprema decidió tomar intervención en el expediente. El máximo tribunal no tiene un plazo establecido para expedirse y, durante el acuerdo plenario de este martes, resolvió convocar a dos conjueces ante la falta de unanimidad entre sus integrantes.
Qué deberá resolver la Corte sobre la Ley de Tierras
Con la incorporación de los conjueces, el tribunal deberá avanzar en una causa relacionada con la validez del artículo 154 del DNU 70/23, que derogó la Ley de Tierras.
La discusión quedó vinculada con el alcance del fallo dictado en la causa CECIM, ya que las organizaciones y comunidades que promovieron el pedido de aclaratoria buscan que se determine cuál es la situación de su propio expediente.
La nueva conformación permitirá a la Corte avanzar en el análisis de esa cuestión, luego de que los tres integrantes del máximo tribunal no alcanzaran una posición unánime sobre el expediente.

Sé el primero en comentar