Caso Tino John: el juez aceptó la recusación y se aparta del juicio

El magistrado José Luis Ennis resolvió hacer lugar a la presentación de los abogados defensores de los policías imputados en la causa por la muerte de Martín “Tino” John. Otro juez deberá intervenir en el proceso.

El juez técnico José Luis Ennis, designado para el juicio por jurados en la causa que investiga la muerte de Martín Alejandro “Tino” John, decidió apartarse del proceso. La resolución responde a la recusación presentada por la defensa de los policías imputados Luis Américo Moggiano, Omar Eduardo Martínez y Cristian Alejandro Soto.

En su fallo, el magistrado resolvió “hacer lugar a la recusación planteada” al considerar que existía un “temor objetivo de parcialidad”.

Argumentos de la defensa

Los abogados defensores habían señalado que el Superior Tribunal de Justicia advirtió que “la trascendencia del juicio podría afectar el equilibrio de ánimo del jurado y del juez”. También manifestaron que las decisiones tomadas hasta el momento habían sido “prácticamente todas contrarias” a los intereses de los acusados, y mencionaron un incidente personal del juez con personal policial.

Ennis rechazó los dos últimos argumentos, pero valoró el primero como suficiente para apartarse.

Fundamentos del fallo

El juez sostuvo que “no existe en mi ánimo inclinación de ningún orden para perjudicar o beneficiar a los imputados en sentido alguno, pero la referencia de la decisión del Superior Tribunal (…) dota de un fundamento atendible al temor de parcialidad que objetivamente invocan los impugnantes”.

Además, remarcó: “No tengo en mi ánimo sentimiento adverso alguno respecto de los imputados o sus letrados defensores. No he tenido respecto de los primeros trato o conocimiento previo alguno por fuera de este proceso”.

Próximos pasos en la causa

Finalmente, Ennis concluyó: “Por ese único motivo, y descartando de plano los restantes, estimo corresponde que acepte la recusación planteada por los abogados defensores”.

La decisión implica que otro juez penal deberá intervenir en el proceso, en cumplimiento de lo que establece el Código Procesal Penal de Chubut, para garantizar la continuidad del juicio por jurados.

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