La reconstrucción fiscal describe cómo comenzó la confrontación en el barrio Kilómetro 8, los intentos por detener la pelea, la persecución de la víctima y la puñalada que le perforó el corazón. El acusado quedó imputado por homicidio simple y con tres meses de prisión preventiva.

El homicidio de Ezequiel Alexandro Alvarado Beltrán, de 21 años, ocurrió el 15 de octubre de 2026 en el barrio Kilómetro 8 de Comodoro Rivadavia, Chubut. Según la acusación presentada por el fiscal general Ariel Corredera y la funcionaria Silvia Chaura, el ataque se produjo cuando la víctima caminaba junto a una joven que había mantenido una relación de pareja con el acusado, Lucas Aaron Romero.
El episodio tuvo lugar en la intersección de las calles Código 2401 y Base Matienzo. De acuerdo con la reconstrucción fiscal, Romero interceptó a la joven y a Alvarado Beltrán y comenzó a increparlos.
La acusación sostiene que el hombre insultó a Alvarado Beltrán mientras sacaba una navaja. La joven intentó calmar la situación, pero no logró detener la confrontación.
En medio de la escena, la madre de Romero también llegó al lugar e intentó frenarlo. Sin embargo, sus intervenciones no consiguieron impedir que el conflicto avanzara hacia una agresión física.
La persecución y la puñalada en el pecho
Cuando la situación escaló, Alvarado Beltrán intentó escapar corriendo. Romero lo persiguió y lo alcanzó a pocos metros, donde le asestó una puñalada con una navaja.
La lesión fue en el hemitórax izquierdo y le perforó el corazón, según los datos incluidos en la acusación. Después de herirlo, Romero se dio a la fuga.
Alvarado Beltrán alcanzó a caminar unos 50 metros antes de desplomarse en la vía pública. La secuencia terminó con la víctima tendida en la calle, mientras recibía asistencia.
Tras ser atendido en el lugar, el joven fue trasladado de urgencia al Hospital Regional de Comodoro Rivadavia. Murió a las 20:20 como consecuencia de la gravedad de la herida.
La detención y la decisión judicial
Durante la audiencia realizada este viernes, las defensoras públicas Vanesa Vera y Juliana Fuentes cuestionaron el procedimiento policial mediante el cual fue detenido Romero.
El juez penal Mariano Nicosia declaró ilegal la detención por una mala actuación policial. No obstante, autorizó la apertura de la investigación para avanzar en el esclarecimiento del homicidio.
El magistrado dispuso tres meses de prisión preventiva al considerar acreditada la probabilidad de autoría y los riesgos procesales de fuga y entorpecimiento de la investigación.
Romero quedó imputado por homicidio simple en calidad de autor. La investigación judicial deberá avanzar sobre las circunstancias del ataque ocurrido en el barrio Kilómetro 8.

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