
El Ministerio Público Fiscal de Río Negro homologó la condena a tres años de prisión condicional en un caso de tentativa de abuso sexual y lesiones en contexto de violencia de género en El Bolsón. El fallo incluye pautas de conducta estrictas para el imputado.
El Foro de Jueces Penales de la Tercera Circunscripción Judicial de Bariloche dictó sentencia definitiva en un caso ocurrido en octubre de 2024 en la localidad de El Bolsón. La condena fue resultado de un juicio abreviado y fijó una pena de tres años de prisión en suspenso, junto con normas de conducta orientadas a prevenir nuevos hechos de violencia.
Según la acusación del Ministerio Público Fiscal, el hecho ocurrió en horas de la madrugada del 23 de octubre de 2024 en el interior de un domicilio particular. El imputado, entonces pareja de la víctima, intentó forzar un acceso sexual no consentido, pero el ataque no se consumó por la resistencia de la mujer. Además, fue golpeada en el rostro, presentando lesiones leves que fueron constatadas médicamente.
La víctima recibió atención en el hospital local, mientras que el agresor se retiró del lugar. Las actuaciones policiales, informes médicos y declaraciones testimoniales permitieron acreditar la existencia del hecho y la responsabilidad penal del acusado.
Calificación legal y pena impuesta
El fiscal del caso, Francisco Arrien, calificó el hecho como “abuso sexual con acceso carnal en grado de tentativa, en concurso real con lesiones leves agravadas por el contexto de violencia de género y por la relación de pareja preexistente”. El encuadre legal se basó en los artículos 42, 45, 55, 89, 92, 80 incisos 1° y 11°, y 119 del Código Penal.
Las partes acordaron una pena de tres años de prisión condicional. El Tribunal confirmó que el imputado admitió su responsabilidad y comprendió los alcances del acuerdo, que incluyó la calificación legal, la pena y las consecuencias jurídicas de la condena.
Medidas de control y seguimiento
El Tribunal dispuso que el condenado deberá cumplir pautas de conducta durante tres años, bajo apercibimiento de revocar el beneficio en caso de incumplimiento.
Además, se ordenó la inscripción de la condena en el Registro Provincial de Condenados por Delitos contra la Integridad Sexual (ReProCoIns).
Notificación a la víctima
La víctima fue notificada de la sentencia y se le informó sobre sus derechos para controlar la ejecución de la pena, de acuerdo con lo previsto en el artículo 11 bis de la Ley 24.660.
Fuente: El Cordillerano.

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