El Gobierno quitó subsidios a empresas de micros por boletos gratuitos para discapacidad y trasplantes

La medida fue oficializada por la Secretaría de Transporte y deja sin efecto las compensaciones económicas que recibían las empresas de larga distancia por los boletos gratuitos destinados a personas con discapacidad, trasplantadas y pacientes oncológicos.

El Gobierno nacional eliminó el sistema de subsidios que compensaba a las empresas de transporte de larga distancia por los pasajes gratuitos para personas con discapacidad, personas trasplantadas y niños y adolescentes con cáncer. La decisión fue oficializada este martes mediante la Resolución 28/2026 de la Secretaría de Transporte publicada en el Boletín Oficial.

La normativa establece: “Déjase sin efecto el régimen de compensaciones económicas destinadas a las empresas de transporte automotor de pasajeros de carácter interjurisdiccional por los pasajes gratuitos otorgados en el marco de las leyes 22.431, 26.928 y 27.674”, según consta en el texto oficial.

Las leyes mencionadas obligan a las empresas de transporte de larga distancia bajo jurisdicción nacional a garantizar el traslado sin cargo de personas con discapacidad, personas trasplantadas o en lista de espera para un trasplante y pacientes oncológicos pediátricos.

Hasta ahora, el Estado nacional subsidiaba parte de esos costos. Con la nueva resolución, las compañías deberán absorber los gastos derivados de esos boletos gratuitos.

Qué argumentó el Gobierno para quitar los subsidios

En los fundamentos de la medida, el Gobierno señaló que el Decreto 883/2024 habilitó a las empresas de transporte a “determinar libremente recorridos, horarios, precios, modalidades y duración de los servicios”.

A partir de ese esquema de libertad tarifaria, la resolución sostiene que las compañías cuentan con herramientas para incorporar esos costos dentro de su estructura económica.

En los considerandos se remarca que “la introducción de la libertad tarifaria implica una reconfiguración sustancial de la ecuación económico-financiera del sector, otorgando a los operadores capacidad para internalizar dentro de su estructura de costos las obligaciones legales inherentes a la actividad”.

Además, el texto oficial concluye que “la causa estructural que oportunamente justificó la implementación del esquema compensatorio ha sido superada”, por lo que considera “innecesaria su continuidad en los términos originalmente previstos”.

Qué pasará con los pasajes gratuitos

La resolución aclara que el derecho a la gratuidad de los pasajes continúa vigente y sigue siendo obligatorio para las empresas de transporte de larga distancia.

En ese sentido, se indicó que la Comisión Nacional de Regulación del Transporte supervisará el cumplimiento de las leyes nacionales y controlará que las compañías continúen entregando los boletos sin cargo.

El texto también sostiene que la eliminación de los subsidios “no afecta el contenido esencial del derecho a la gratuidad”, el cual “permanece plenamente vigente y exigible frente a los transportistas”.

El conflicto por la Ley de Emergencia en Discapacidad

La decisión se conoció mientras continúa el reclamo por el incumplimiento de la Ley de Emergencia en Discapacidad 27.793, sancionada por el Congreso y ratificada posteriormente por distintas instancias judiciales.

Según el planteo difundido en el sector, el Gobierno nacional no implementó esa normativa y además impulsa una nueva iniciativa que prevé más recortes en coberturas y prestaciones vinculadas a discapacidad.

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