Identidad y tango: una bailarina de Bariloche consiguió modificar su apellido tras una crisis en plena final mundial

El fallo judicial reconoció que el nombre es parte esencial de la identidad. La joven usaba desde siempre el apellido materno, pero el legal -vinculado a su padre ausente- le generaba angustia y afectaba su vida profesional.

En la final del Mundial de Tango, una bailarina de Bariloche sintió una fuerte conmoción al escuchar su apellido legal pronunciado por los altoparlantes. No era un error, pero tampoco era el nombre con el que se identificaba. Por primera vez, pensó seriamente en no salir a bailar. De regreso en su ciudad, decidió acudir a la Justicia para solicitar el cambio de identidad registral. Una jueza de Bariloche analizó su caso y le dio la razón.

La mujer, nacida y criada en Bariloche, cargaba con ese apellido desde la infancia. El nombre paterno –y también el primero materno– la vinculaba con historias que prefería dejar atrás. En cambio, el apellido que sentía propio era el segundo de su madre: el que usaba para firmar, para bailar, para vivir. Hoy, ese es el que figura en su DNI.

Una historia que empezó en la infancia

El conflicto con su nombre no comenzó en la pista de baile, sino en la niñez. A pocos meses de haber nacido, sus padres se separaron en un contexto de violencia. El padre desapareció de su vida y tampoco tuvo vínculo con la familia paterna. Fue su madre quien la crió junto a sus hermanos.

Desde muy pequeña comenzó a presentarse con el segundo apellido de su madre. Lo usaba en sus redes sociales, en el ambiente artístico y entre sus personas cercanas. Sin embargo, cada vez que debía firmar un documento oficial o inscribirse a una competencia, su apellido legal reaparecía, generándole un fuerte malestar. En más de una oportunidad evitó participar para no escucharlo públicamente.

La pericia que definió el caso

El episodio en el Mundial fue decisivo. Aunque estaba cumpliendo un sueño, escuchar ese apellido le generó una crisis emocional. A su regreso a Bariloche, decidió iniciar el proceso legal para modificar su identidad registral.

La demanda fue acompañada por testimonios, publicaciones y una pericia psicológica oficial. Según ese informe, la bailarina no padecía trastornos ni actuaba bajo presión externa. El estudio concluyó que la imposición del apellido legal le provocaba “angustia” y afectaba tanto su desarrollo profesional como emocional. El cambio, en ese marco, sería un alivio.

La sentencia de la jueza

El caso fue analizado por el Juzgado de Familia de Bariloche. Ni el Ministerio Público ni el Registro Civil presentaron objeciones. Se cumplieron todos los requisitos formales: presentación, plazos y publicación de edictos. La jueza dictó sentencia y autorizó el cambio.

En el fallo, la magistrada sostuvo que “el nombre no es una simple formalidad jurídica: es parte esencial de la identidad”. Remarcó que la solicitud no obedecía a un “capricho” ni a una moda pasajera, sino a “una necesidad sostenida en el tiempo, con consecuencias concretas”. También ordenó al Registro Civil la emisión de toda la documentación con la nueva identidad.

Cómo es el proceso para cambiar de nombre

La bailarina sigue su carrera con el apellido que siempre sintió como propio. “Ahora puede salir al escenario sin miedo a ser nombrada como alguien que no es”, sostiene la sentencia. En cada presentación, afirma, puede mostrar con orgullo su identidad.

Según el artículo 69 del Código Civil, hay “justos motivos” para solicitar un cambio de nombre o apellido. Entre ellos se incluyen el uso habitual de un seudónimo, razones culturales o religiosas, y la afectación de la personalidad.

“El nombre hiere”, señaló la jueza Paula Fredes. “Muchas veces nos encontramos con historias duras: padres ausentes, violentos, abusadores o directamente desconocidos. No se trata solo de un capricho”.

El proceso se inicia con una demanda judicial, con el acompañamiento de un abogado o abogada. La persona debe probar que su nombre legal afecta de manera profunda su identidad. Las pruebas pueden ser pericias psicológicas, testimonios de personas cercanas y evidencia del uso habitual de otro nombre.

En adolescentes de entre 16 y 18 años, es posible que se presenten por su cuenta con patrocinio legal, invocando su autonomía progresiva.

Fuente: Diario Río Negro

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