
La Justicia ratificó las penas contra Nicolás Maximiliano Esteban, Cristian Alejandro Esteban y Marta Traico, tras desestimar los cuestionamientos de la defensa y validar el andamiaje probatorio presentado por el Ministerio Público Fiscal.
La Cámara Penal de la jurisdicción confirmó en forma íntegra la sentencia contra Nicolás Maximiliano Esteban, Cristian Alejandro Esteban y Marta Traico, luego de que el Ministerio Público Fiscal, acompañado por la querella particular, lograra rebatir los cuestionamientos presentados por la defensa.
Los jueces ratificaron la pena de tres años y seis meses de prisión de cumplimiento efectivo para Nicolás y Cristian Esteban, condenados por el delito de estafa. También mantuvieron la condena de dos años de prisión de cumplimiento condicional para Marta Traico, hallada responsable de encubrimiento agravado.
El caso giró en torno al robo de una suma millonaria que pertenecía a una mujer octogenaria y que estaba guardada en su domicilio como ahorros familiares. La Cámara rechazó el planteo defensivo vinculado a la falta de acreditación del dinero sustraído. En su fallo, señaló que “a nadie en su sano juicio se le ocurriría exigir” a una persona llevar un registro contable de los ahorros que conserva en su casa.
La Fiscalía demostró tanto el monto sustraído como la capacidad de ahorro de la víctima, lo que aportó coherencia a su declaración. También remarcó la vulnerabilidad de la damnificada, un elemento central en el análisis judicial dado que, como expresaron los magistrados, “en muchos delitos la víctima es indiferente, pero en otros es elegida”.
Ratificación de las reparaciones económicas
Además de las penas de prisión, el tribunal ratificó la condena solidaria de los tres imputados a restituir el dinero sustraído a la víctima, con intereses, y a pagar una suma adicional por daño moral, también con sus respectivos intereses.
El nuevo fallo rechazó los cuestionamientos relativos a supuesta “prueba ilegal” o “errónea interpretación” planteados por la defensa. La Cámara consideró que no existieron irregularidades en la incorporación de los elementos probatorios.
Según se detalló, la Fiscalía resolvió el caso mediante un andamiaje probatorio sólido, compuesto por prueba directa y distintos indicios que, integrados, conformaron un “rompecabezas” que señalaba una única dirección posible.
De esta manera, la Justicia dejó sin sustento los argumentos defensivos y confirmó de manera definitiva las responsabilidades penales y civiles de los tres condenados.

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