El acuerdo de juicio abreviado alcanzado entre la fiscalía, la querella y la defensa deberá ser homologado por el juez federal de Bariloche, Leandro Gómez Constenla. La pena sería de cumplimiento efectivo.

El activista Facundo Jones Huala, líder de la Resistencia Ancestral Mapuche (RAM), sería condenado a 5 años y 2 meses de prisión por haber conducido esa organización e impuesto sus ideas mediante la violencia o la intimidación, según el acuerdo de juicio abreviado alcanzado entre la fiscalía, la querella y la defensa.
El entendimiento deberá ser homologado esta semana por el juez federal de Bariloche, Leandro Gómez Constenla, y contempla una pena de cumplimiento efectivo. Jones Huala admitió haber liderado la RAM, organización que desde febrero de 2025 figura en el Registro Público de Personas y Entidades Vinculadas a Actos de Terrorismo y su Financiamiento.
Si el acuerdo es homologado en los términos pactados, Jones Huala podría permanecer detenido hasta agosto de 2030, tomando como punto de partida su aprehensión en junio de 2025. El cómputo de la prisión preventiva deberá ser tenido en cuenta para determinar el vencimiento de la pena.
La investigación había comenzado con acusaciones de mayor gravedad. Jones Huala fue detenido el 6 de junio de 2025 en El Bolsón, luego de la presentación de su libro en una biblioteca de Bariloche. La imputación original incluyó intimidación pública, incitación a la violencia colectiva y apología del crimen.
El acuerdo deja afuera la acusación por asociación ilícita
La acusación había buscado inicialmente aplicar el artículo 210 bis del Código Penal, una figura que contempla la organización de estructuras destinadas a cometer delitos contra el orden constitucional, con una estructura de tipo militar. Ese encuadre finalmente quedó fuera del acuerdo.
El líder de la RAM será condenado, en cambio, por el artículo 213 bis del Código Penal, que sanciona a quienes organizan o toman parte en agrupaciones destinadas a imponer sus ideas o combatir las ajenas por la fuerza o el temor. La pena prevista para ese delito es de 3 a 8 años de prisión y el acuerdo fija para Jones Huala una condena de 5 años y 2 meses.
Desde el inicio del expediente, la fiscalía buscó encuadrar su rol como líder de la RAM en el artículo 213 bis. El Ministerio Público Fiscal también impulsó la investigación de figuras penales de mayor gravedad y, casi un año después de la detención, profundizó la acusación por su presunta pertenencia a la organización desde 2011 y por supuestas conexiones con la Coordinadora Arauco Malleco (CAM), organización que actúa en Chile.
Cómo fue la prisión preventiva de Jones Huala
El expediente fue declarado de investigación compleja durante las audiencias iniciales, una decisión que permitió extender el plazo de prisión preventiva mientras avanzaban las medidas de prueba y se definía el alcance de la acusación. La medida fue prorrogada trimestralmente.
La última extensión se produjo a fines de agosto, cuando el juez federal Leandro Gómez Constenla, en su primera audiencia al frente del caso, autorizó la continuidad de la prisión preventiva hasta noviembre próximo. Durante las audiencias anteriores, la defensa también procuró concretar el traslado de Jones Huala desde la Unidad 6 de Rawson hacia la Unidad 14 de Esquel, donde permanece alojado actualmente.
Voceros de la Gremial de Abogados y Abogadas de la República Argentina, a cargo de la defensa de Jones Huala, confirmaron el avance del acuerdo entre las partes, aunque anticiparon que sus alcances serán informados una vez que el magistrado lo homologue.
El acuerdo alcanzado ahora deja fuera la acusación por asociación ilícita y concentra la responsabilidad penal en la conducción de la RAM y la imposición de ideas mediante la fuerza o la intimidación.
Seguirá preso hasta 2030
La defensa de Jones Huala ya realiza el cómputo del tiempo que podría permanecer detenido. Si se contabiliza la prisión preventiva desde su aprehensión en junio de 2025, la pena de 5 años y 2 meses se agotaría en agosto de 2030, según el cálculo que surge del acuerdo.
La condena será de cumplimiento efectivo. La situación procesal del dirigente también está condicionada por su condición de reincidente, que le impediría acceder a la libertad condicional.
El antecedente mencionado en la causa es la condena que le impuso el Tribunal Oral en lo Penal de Valdivia, en Chile, en diciembre de 2018, por el incendio de una propiedad en el fundo Pisu Pisué y por tenencia ilegal de armas.
La homologación del acuerdo por parte del juez federal será el próximo paso procesal. Una vez que se concrete, quedará formalizada la condena y comenzará a regir el cómputo definitivo de la pena.

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