La Justicia consideró acreditada la responsabilidad de un hombre en un episodio ocurrido tras un conflicto entre dos personas y tomó como prueba central la grabación de una cámara de seguridad.

Un hombre fue condenado a pagar $1.911.000 más intereses por los daños ocasionados a una motocicleta en El Bolsón, luego de que el Juzgado de Paz considerara acreditada su responsabilidad en el episodio. La resolución tuvo en cuenta distintas pruebas, entre ellas una cámara de seguridad que permitió reconstruir la secuencia en la que el automóvil impactó contra el vehículo.
El reclamo había sido presentado por el propietario de la motocicleta, quien solicitó una indemnización por los daños sufridos y por los gastos relacionados con la pérdida de la patente. El caso llegó a la Justicia luego del episodio ocurrido en el marco de un conflicto entre las personas involucradas.
Uno de los elementos considerados por el juzgado fue el testimonio de una persona que había observado los momentos previos y posteriores al hecho. Si bien no presenció directamente la colisión, relató que había visto un altercado entre el propietario de la moto y una mujer y posteriormente encontró la motocicleta en el suelo.
La grabación fue clave para determinar qué ocurrió
A ese testimonio se sumaron las imágenes de una cámara de seguridad ubicada frente al lugar del hecho. La grabación permitió establecer la secuencia del episodio y determinar la maniobra realizada por el automóvil antes de impactar contra la motocicleta.
La Justicia también incorporó al análisis la documentación presentada durante el proceso y las actuaciones de la Fiscalía Descentralizada de El Bolsón. En ese expediente figuraban antecedentes de conflictos “de larga data” entre las partes, según consta en la sentencia.
Otro aspecto considerado fue la conducta procesal de la parte demandada. El hombre había sido citado a una audiencia, pero se presentó cuando ya había finalizado. Luego tampoco concurrió a las audiencias testimoniales ni lo hizo el testigo que había propuesto.
Qué valoró el Juzgado de Paz
El juzgado había otorgado una nueva oportunidad para que el demandado pudiera ejercer su defensa y para recibir el testimonio ofrecido. Sin embargo, ninguna de las dos personas se presentó a esa instancia.
La resolución recordó que, según el artículo 806 del Código Procesal Civil y Comercial, la incomparecencia injustificada de la parte demandada a la audiencia preliminar puede ser considerada como un reconocimiento de la verdad de los hechos planteados por la otra parte.
En este caso, esa circunstancia no fue analizada de manera aislada, sino junto con los demás elementos incorporados al expediente. A partir de ese conjunto de pruebas, el Juzgado de Paz tuvo por acreditada la participación y responsabilidad del demandado en los daños provocados.
Deberá pagar $1.911.000 por la reparación
La sentencia reconoció un presupuesto de $1.911.000 para la reparación de la motocicleta y estableció que el demandado deberá abonar esa suma más los intereses correspondientes.
El pago deberá concretarse dentro de los diez días posteriores a la notificación de la sentencia. La resolución también dispuso mantener las restricciones de acercamiento entre las partes que habían sido establecidas a raíz de los conflictos previos.
Esas restricciones fueron extendidas hasta el 18 de septiembre de 2027, aunque la Justicia dejó establecido que podrán renovarse si fuera necesario.

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