
El proyecto impulsado por el Gobierno introduce modificaciones en el sistema de pensiones por discapacidad, con nuevos requisitos, controles y criterios de actualización de montos.
La nueva Ley de Discapacidad promovida por el Gobierno establece como eje central el reempadronamiento obligatorio de todas las personas titulares de pensiones. Según el texto, quienes perciban este beneficio deberán volver a acreditar su condición médica, su situación socioeconómica y sus antecedentes laborales para continuar dentro del sistema.
En ese sentido, la norma advierte que “el incumplimiento de los plazos y requisitos del reempadronamiento dará lugar a la suspensión y posterior baja del beneficio”, tal como figura en el proyecto oficial. Este proceso será determinante para la continuidad de las pensiones no contributivas.
Además, el esquema prevé que, incluso tras cumplir con el reempadronamiento, la información será sometida a controles mediante el cruce de datos con organismos públicos como ANSES, ARCA y SINTyS. En los casos considerados dudosos, el Gobierno podrá avanzar con suspensiones de carácter preventivo.
Cruce de datos y cambios en el marco legal
Otro de los puntos incluidos en la iniciativa es la derogación de los artículos 5, 8, 9, 14 y 20 de la Ley de Emergencia Nacional en Discapacidad N°27.793. De esta manera, la normativa vigente dejaría de aplicarse y el Ejecutivo ya no estaría obligado a cumplir con sus disposiciones.
El proyecto también redefine el cálculo de las pensiones no contributivas. A partir de su implementación, el monto se fijará en el 70% del haber mínimo jubilatorio, eliminando la posibilidad de otorgar adicionales por invalidez laboral o por zona geográfica desfavorable.
En cuanto a la actualización de los valores, el nuevo sistema vincula la evolución de las pensiones al haber mínimo jubilatorio. Para las prestaciones, los aranceles se ajustarán de forma trimestral o por IPC en caso de demoras, incorporando además una compensación de emergencia para prestadores atada a ese índice.

Incompatibilidades laborales y cambios en prestaciones
La iniciativa introduce además la incompatibilidad absoluta entre la pensión por discapacidad y cualquier trabajo formal. Esto implica que quienes estén registrados en un empleo o inscriptos en regímenes laborales perderán automáticamente el beneficio.
El texto también elimina programas vinculados a la inclusión laboral de personas con discapacidad, así como iniciativas orientadas al reconocimiento de empresas que promuevan estas políticas.
Finalmente, la ley habilita la firma de convenios entre Nación, provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para la administración y distribución de fondos. Este esquema modifica el funcionamiento actual, ya que elimina el nomenclador vigente y establece una desregulación en la negociación con obras sociales y prepagas.
Con estos cambios, el proyecto redefine los criterios de acceso, control y financiamiento del sistema de discapacidad, impactando directamente en quienes reciben pensiones y en los prestadores del sector.

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