Compró un auto por plan de ahorro, nunca se lo entregaron y ahora la compañía financiera deberá pagarle más de $47 millones

27 mayo, 2026 Agencia Noticias PROVINCIALES

La Cámara de Apelaciones de Comodoro Rivadavia confirmó y amplió una condena contra FCA S.A. y El Tenaz Automotores S.A. tras un reclamo iniciado por un plan de ahorro incumplido. El fallo incluyó devolución actualizada de cuotas, daño punitivo y daño moral.

La Cámara de Apelaciones de Comodoro Rivadavia dictó una condena contra FCA S.A. de Ahorro para Fines Determinados y la concesionaria El Tenaz Automotores S.A. por la falta de entrega de un vehículo adjudicado en un plan de ahorro. El litigio se extendió durante cuatro años y derivó en una condena superior a los 47 millones de pesos.

La causa se originó en marzo de 2016, cuando se suscribió un plan de ahorro de 84 cuotas para un Fiat Palio. En octubre de 2020, el cliente adquirió por cesión los derechos del contrato, que ya tenía 55 cuotas pagas, y un mes después el plan fue adjudicado por sorteo.

El demandante solicitó formalmente el vehículo el 27 de octubre de 2020 y eligió cambiar el modelo a un Fiat Argo HGT, abonando de inmediato $188.742,12 por derecho de adjudicación y diferencia de valor. El plazo máximo de entrega era de 120 días corridos, con vencimiento en abril de 2021, pero el automóvil nunca fue entregado.

Durante el juicio, FCA S.A. argumentó que existió “fuerza mayor” por las restricciones a las importaciones dispuestas por el Gobierno Nacional. Sin embargo, la investigación judicial determinó, mediante informes de la Inspección General de Justicia, que la empresa ya conocía esas dificultades antes de las adjudicaciones y no informó ese riesgo a los ahorristas.

La Justicia cuestionó la conducta de las empresas

La sentencia de primera instancia sostuvo que FCA implementó un mecanismo de aviso de demoras recién cuando el suscriptor ya había sido adjudicado, lo que le impidió tomar una decisión informada y lo mantuvo “cautivo” dentro del sistema. Frente a esa situación, el cliente resolvió rescindir el contrato en septiembre de 2021.

Luego del fracaso de la instancia administrativa en Defensa del Consumidor, el reclamo fue judicializado en febrero de 2022. En abril de 2024, el Juzgado Civil y Comercial N°1 dictó la primera condena y reconoció el incumplimiento contractual, ordenando la devolución de las cuotas abonadas.

En diciembre de 2024, la Cámara de Apelaciones confirmó el fallo y endureció las sanciones. La condena definitiva quedó compuesta por distintos conceptos que elevaron el monto total por encima de los $47 millones.

El mayor importe correspondió al reintegro de cuotas, fijado en $41.872.535,53. La Justicia ordenó devolver las 66 cuotas pagas tomando como referencia el valor de la alícuota vigente a enero de 2025, calculada en $334.264,37, para evitar que la inflación afectara el ahorro del consumidor.

Daño punitivo, daño moral y críticas de la Cámara

La Cámara también elevó el monto del daño punitivo a $4.000.000 al considerar “desaprensiva” y “abusiva” la conducta de las demandadas, a las que acusó de mostrar desinterés por los derechos del consumidor.

Además, el fallo reconoció un daño moral de $1.000.000 por las angustias, molestias y la extensión del reclamo, con intereses computados desde la rescisión del contrato en 2021.

La condena incluyó también el reintegro de los cargos administrativos abonados al momento de la adjudicación frustrada, por un total de $188.742,12, según informó una gacetilla de la Agencia de Comunicación Oficial.

Incluso con sentencia firme, el cumplimiento del fallo continuó generando controversias durante 2025. Según la resolución judicial, FCA S.A. intentó liquidar la deuda utilizando un valor de cuota desactualizado de $120.177,07.

La Cámara ratificó la liquidación definitiva

El tribunal advirtió que la propia empresa había reconocido extrajudicialmente, mediante carta documento enviada en enero de 2025, que el valor correcto de la alícuota era de $334.264,37.

Finalmente, en octubre de 2025, la jueza Natalia Venter aprobó la liquidación definitiva por $41.872.535,53 únicamente en concepto de devolución de cuotas. Esa decisión fue ratificada en abril de 2026 por la Cámara, que cuestionó la “litigiosidad innecesaria” atribuida a la automotriz por informar valores contradictorios para demorar el pago.

El fallo consolidó además la responsabilidad solidaria entre las administradoras de planes de ahorro y sus concesionarias oficiales, estableciendo que el consumidor debe recibir el valor actualizado de sus aportes cuando el incumplimiento es atribuible a las empresas.

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