
La Justicia revocó un fallo que le permitía sufragar pese a la condena que enfrenta por la causa Vialidad, dejando a la expresidenta fuera del padrón electoral.
Fallo de la CNE y antecedentes judiciales
La Cámara Nacional Electoral (CNE) revocó este lunes el fallo de la jueza federal subrogante de Río Gallegos, Mariel Borruto, que habilitaba a Cristina Fernández de Kirchner a votar en las elecciones legislativas de octubre. La ex presidenta está impedida de ejercer ese derecho por su condena en la causa Vialidad.
En este sentido, el fiscal nacional electoral Ramiro González había solicitado excluirla del padrón, sosteniendo que es el Congreso Nacional —y no la Justicia— el que debe reglamentar una normativa específica sobre el voto de exfuncionarios inhabilitados. En la resolución de la CNE, firmada por Santiago Corcuera, Daniel Bejas y Alberto Dalla Via, se dejó sin efecto la decisión que mantenía a CFK en el padrón “con el único propósito de que pueda ejercer su sufragio”.
A principios de agosto, la jueza Borruto había declarado que dos artículos —el 19, inciso 2° del Código Penal y el 3, inciso “e” del Código Electoral Nacional— eran inconstitucionales.
El Código Penal establece que la inhabilitación perpetua de Cristina Kirchner incluye “la privación del derecho electoral”, mientras que el Código Nacional Electoral excluye del padrón a “los condenados por delitos dolosos a pena privativa de la libertad, por el término de la condena”.
Recursos y jurisprudencia
Tras la decisión de Borruto, el fiscal Julio César Zárate presentó un recurso de apelación, señalando que los fallos anteriores citados por la jueza no justificaban la inclusión de CFK en el padrón. La controversia giró en torno a la interpretación de la jurisprudencia existente.
La Cámara Nacional Electoral recordó que en 2016, en el caso “Procuración Penitenciaria”, el Tribunal declaró inconstitucionales los artículos que limitaban el voto de personas con condenas penales y solicitó al Congreso revisar la normativa. Sin embargo, aclaró que legisladores podrían aplicar la inhabilitación en “ciertos casos”, como corrupción, crimen organizado, lavado de activos, malversación de fondos públicos o defraudación contra la administración pública.
Con esta interpretación, la CNE ratificó que corresponde al Congreso regular el derecho al voto de quienes cumplen condenas y enfrentan inhabilitación.
El caso “Orazi” y criterios de revisión
La falta de acción del Congreso llevó a la Corte Suprema a resolver un reclamo similar en 2022, conocido como el caso “Orazi”, que permitió evaluar caso por caso la habilitación de electores excluidos.
En la revisión del planteo de Cristina Fernández de Kirchner, la Cámara determinó que la jueza de Santa Cruz no consideró requisitos clave surgidos del caso Orazi, como la viabilidad jurídica y fáctica del voto, la naturaleza del delito que motiva la inhabilitación y las circunstancias procesales o fácticas del imputado, incluyendo que la exmandataria cumple prisión domiciliaria en San José 1111, CABA.
La CNE también destacó que la sentencia de primera instancia se dictó de oficio, es decir, por iniciativa propia de la jueza, contraviniendo la jurisprudencia vigente. Esta omisión fue suficiente para que la apelación de la fiscalía prosperara, sin necesidad de analizar otras condiciones.
Padrón definitivo y consecuencias
El martes 16 de septiembre se publicará el padrón definitivo de electores, marcando la primera vez desde el regreso de la democracia que Cristina Fernández de Kirchner no aparece como habilitada para votar en elecciones nacionales.

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