
El Gobierno del Chubut informó que desde el 31 de agosto establecimientos de acopio, cooperativas laneras, frigoríficos y mataderos deberán registrarse en cumplimiento de la normativa vigente.
El Gobierno del Chubut, a través del Ministerio de Producción y la Dirección de Comercio Interior, convocó a empresas de acopio, cooperativas laneras, frigoríficos y mataderos a inscribirse en el Libro de Registro para desarrollar la actividad en la provincia.
El trámite estará disponible a partir del 31 de agosto, según lo dispuesto en la Ley IX N°16 y el decreto 1616/84, que establecen los requisitos para poder llevar adelante la actividad de acopio en todo el territorio provincial.
Desde la cartera productiva recordaron que, en caso de incumplimiento, se aplicarán las sanciones correspondientes, tal como lo prevé la normativa.
Cómo realizar el trámite
Las empresas interesadas podrán efectuar el registro de manera presencial en la sede central del Ministerio de Producción, ubicada en Av. 9 de Julio N°280 de Rawson.
Asimismo, se encuentra disponible la atención telefónica a través de los números 280-4482602 / 604, como también la comunicación por correo electrónico a direccioncomerciointerior@gmail.com.
Otra alternativa es efectuar la gestión en línea mediante DINO, la plataforma oficial del Gobierno del Chubut.
Marco legal y obligaciones
La obligatoriedad del registro surge de la Ley IX N°16 y del decreto 1616/84, normativa que regula la actividad de acopio en la provincia y define los requisitos a cumplir por parte de los establecimientos.
El Gobierno provincial reiteró que la inscripción resulta indispensable para el desarrollo de la actividad y que el incumplimiento dará lugar a sanciones previstas por la legislación vigente.

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