Sueldos de $1 millón en la Patagonia, bajo la mira.

La propuesta impulsada por el FMI apunta a ampliar la base de contribuyentes del Impuesto a las Ganancias y podría alcanzar a trabajadores de la comarca con salarios de entre $1.000.000 y $1.200.000.

El Fondo Monetario Internacional considera que en Argentina hay pocas personas alcanzadas por el Impuesto a las Ganancias en comparación con otros países de la región. Por ese motivo, el organismo recomienda reducir el piso salarial desde el cual se empieza a tributar y modificar las escalas para ampliar la retención sobre trabajadores de mandos medios y personal calificado.

La discusión también pone el foco sobre el impacto que podría tener en ciudades de la Patagonia, donde el costo de vida históricamente generó un tratamiento diferencial a través del beneficio de la Zona Patagónica.

Ese esquema otorga un margen un 22% mayor antes de comenzar a pagar el tributo. El efecto final dependerá de si ese beneficio se mantiene o se elimina dentro de la nueva legislación que defina el Gobierno nacional.

En ese contexto, si el nuevo piso general se ubicara por debajo del millón de pesos, un trabajador con un sueldo bruto de $1.200.000 quedaría alcanzado por el impuesto.

Cómo sería el descuento sobre salarios de $1.200.000

El cálculo del Impuesto a las Ganancias se realiza sobre el excedente del salario respecto del piso establecido y no sobre el total del ingreso. Por ejemplo, si el límite se fija en $1.000.000 y el trabajador percibe $1.200.000, la retención se aplicaría sobre los $200.000 de diferencia.

En ese caso, al ingresar en la escala más baja, que suele ubicarse entre el 5% y el 9%, el descuento mensual rondaría entre $10.000 y $18.000.

El monto final dependerá además de las deducciones que cada trabajador pueda presentar ante la AFIP, como hijos a cargo, alquiler o personal de casas particulares.

La situación genera atención también entre quienes trabajan en actividades vinculadas a la temporada invernal en Bariloche y los cerros.

Qué puede pasar con los trabajadores de temporada

El caso de los trabajadores contratados únicamente durante la temporada de invierno tiene una particularidad: el Impuesto a las Ganancias es anual.

Si una persona trabaja entre julio y septiembre y durante esos meses supera el piso salarial fijado, el empleador está obligado a retener el impuesto todos los meses, calculando como si ese ingreso se mantuviera durante los 12 meses del año.

Sin embargo, al tratarse de un empleo de temporada, la suma total de ingresos anuales no superaría el tope imponible. Por ese motivo, al finalizar el contrato la empresa debería reintegrar lo retenido, o el trabajador quedaría con un saldo a favor para gestionar posteriormente ante la AFIP.

En la práctica, esto implica que durante los meses de mayor actividad el descuento aparecerá en el recibo de sueldo, aunque luego ese dinero debería volver al trabajador una vez realizado el cálculo anual.

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