
El tribunal consideró que la pena original había sido “excesiva y desproporcionada”.
La Fiscalía investigó un caso de abuso sexual agravado ocurrido en Lago Puelo, que terminó con la declaración de responsabilidad penal por parte de un jurado popular y una condena a 12 años de prisión.
Sin embargo, la defensa del imputado presentó un recurso de impugnación, lo que llevó a que la Cámara en lo Penal de Esquel revisara el fallo. Finalmente, el tribunal resolvió reducir la condena a 9 años de prisión, al considerar que la pena inicial no estaba debidamente fundamentada.
El recurso de la defensa
El planteo de la defensa solicitaba la nulidad del juicio, bajo el argumento de que al acusado se le había impedido contar con un abogado de confianza.
Según la presentación, el imputado quiso cambiar de letrado pocos días antes del inicio del debate, y este pidió más tiempo para interiorizarse en la causa. La jueza técnica, sin embargo, rechazó postergar el juicio por jurados.
En ese sentido, la defensa sostuvo que “por una decisión administrativa se impidió al acusado que cuente con un abogado de confianza”.
Resolución de la Cámara
Por mayoría, aunque con una integrante en disidencia, la Cámara rechazó la nulidad del proceso y confirmó la validez del juicio llevado adelante.
No obstante, los jueces sí revisaron la extensión de la pena y concluyeron que la jueza de primera instancia no había explicado de manera suficiente por qué se había alejado del mínimo legal de 6 años para este tipo de delitos.
Fundamentos de la reducción
Uno de los magistrados sostuvo que “la condena debe basarse en los hechos concretos que se demuestran y no en categorías abstractas”. Otro coincidió en que las circunstancias agravantes valoradas en la sentencia original no justificaban una pena tan severa.
El tribunal también señaló que algunos de los hechos más graves mencionados en la acusación inicial no lograron probarse durante el juicio, por lo que no podían ser tenidos en cuenta para fijar la pena.
Finalmente, los tres jueces concluyeron que 9 años de prisión resultaban una sanción más proporcional y ajustada a la gravedad de los hechos que se comprobaron en el debate oral.

Sé el primero en comentar