El Bolsón cambia las reglas para las cabalgatas turísticas: los nuevos requisitos

El Concejo Deliberante aprobó por unanimidad una normativa que establece requisitos para la habilitación de las cabalgatas turísticas, regula los circuitos y fija pautas de seguridad, sanidad y bienestar animal. Entrará en vigencia una vez promulgada por el Ejecutivo municipal.

El Concejo Deliberante de El Bolsón aprobó por unanimidad la ordenanza que establece nuevos requisitos para las cabalgatas turísticas.
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12 septiembre, 2026 Redacción EL BOLSÓN

El Concejo Deliberante de El Bolsón sancionó por unanimidad una ordenanza destinada a regular la actividad de las cabalgatas turísticas dentro del ejido municipal y actualizar los requisitos que deberán cumplir los prestadores.

La normativa busca simplificar los trámites de habilitación comercial mediante la unificación de disposiciones que se encontraban vigentes desde 2004, 2005 y 2009. La actualización también deja sin efecto reglas que contemplaban recorridos actualmente inhabilitados o trazados por áreas protegidas donde no está permitido el tránsito equino.

Una vez que la ordenanza entre en vigencia, los prestadores tendrán que gestionar la habilitación ante la dependencia municipal de Comercio e informar los circuitos que utilizarán, según se desarrollen en zonas urbanas, predios privados u otros espacios del ejido.

En el caso de recorridos previstos dentro del Área Natural Protegida Río Azul–Lago Escondido, la evaluación técnica continuará a cargo de la Secretaría de Ambiente y Cambio Climático de Río Negro, mientras que el trámite comercial se mantendrá en la oficina municipal.

Qué requisitos deberán cumplir las cabalgatas turísticas

Entre las condiciones establecidas para acceder a la autorización se encuentran la contratación de seguros de cobertura, la inscripción impositiva y la acreditación de la tenencia del predio desde donde parte la actividad mediante un contrato de alquiler o comodato.

Los establecimientos también deberán acreditar que cuentan con corrales y bebederos y presentar la nómina completa de los caballos destinados a las cabalgatas.

Para la conducción de las excursiones, la ordenanza contempla la figura del guía baqueano, definido como una persona capacitada en el manejo animal y con conocimientos sobre la flora, la fauna y las características del terreno, de acuerdo con la legislación turística de Río Negro.

La normativa incorpora además requisitos vinculados con el bienestar animal y la sanidad de los equinos. Cada caballo deberá contar con un certificado de salud que acredite la vacunación contra influenza y encefalomielitis equina, además de un diagnóstico negativo de anemia infecciosa equina.

Bienestar animal y entrada en vigencia de la ordenanza

La regulación también establece que no podrán utilizarse yeguas preñadas o con crías pequeñas para la actividad y exige el mantenimiento adecuado de herraduras y riendas.

La nueva regulación comenzará a regir después de su promulgación por parte del Ejecutivo municipal, un trámite estimado entre diez y treinta días.

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