Reforma laboral: cómo impacta en quienes ya tienen trabajo en Argentina

9 febrero, 2026 portal infochucao INTERÉS GENERAL, Sin categoría

La Ley de Modernización Laboral se aplica de manera inmediata sobre hechos futuros y modifica derechos e indemnizaciones incluso para trabajadores con contratos vigentes.

La discusión sobre la reforma laboral impulsada por el Gobierno nacional volvió a instalar una pregunta clave entre quienes ya están empleados: si los cambios alcanzan o no a los contratos firmados bajo la legislación anterior. Aunque el proyecto no introduce normas con efecto retroactivo en sentido formal, su aplicación inmediata genera consecuencias concretas sobre situaciones futuras.

En el derecho del trabajo, la vigencia de una ley no se define por la fecha de firma del contrato, sino por el momento en que ocurre un hecho legal relevante. El caso más habitual es la extinción del vínculo laboral, lo que explica por qué una nueva normativa puede modificar efectos aun en relaciones ya iniciadas.

Esa interpretación fue confirmada por el ministro de Desregulación, Federico Sturzenegger, durante una entrevista radial. Ante la consulta del periodista Eduardo Feinmann sobre si la norma solo alcanzaba a nuevos empleos, respondió: “No, no. La nueva ley es para todos”, afirmó el funcionario, según consignó el propio ministro.

De este modo, las nuevas reglas se aplican a contingencias que ocurran a partir de su entrada en vigencia, como un despido, una enfermedad laboral o una renegociación de condiciones. Esto modifica derechos y obligaciones tanto para trabajadores como para empleadores en el presente.

Indemnización por despido: qué cambia con la reforma

Uno de los puntos centrales de la Ley de Modernización Laboral es la modificación del cálculo de la indemnización por despido sin justa causa, regulada por el artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo. El nuevo esquema redefine la base sobre la cual se determina el resarcimiento.

Para quienes ya están empleados, si el despido ocurre luego de la entrada en vigor de la ley, la indemnización se calculará sobre la mejor remuneración mensual, normal y habitual. Quedan excluidos conceptos no mensuales como el Sueldo Anual Complementario, las vacaciones y premios que no se paguen todos los meses.

La norma establece además que una remuneración será considerada habitual solo si fue percibida durante al menos seis meses en el último año calendario. Este criterio se aplica sin importar cuándo comenzó la relación laboral.

Otro cambio relevante es la eliminación de la posibilidad de reclamar daños adicionales por la vía del Código Civil y Comercial. La nueva ley dispone que la indemnización laboral es la única reparación posible frente a un despido sin causa, lo que rige para todos los contratos cuyos efectos se produzcan tras la sanción.

Reingresos, juicios en trámite y nuevos plazos

La reforma también introduce modificaciones en casos de reingreso laboral. Si un trabajador es despedido, vuelve a ser contratado por el mismo empleador y luego es desvinculado nuevamente, la indemnización previa se deducirá actualizada solo por el Índice de Precios al Consumidor, sin la tasa de interés adicional que contemplaba la ley anterior.

El principio de aplicación inmediata alcanza además a los procesos judiciales en curso. En los juicios laborales pendientes de sentencia, los créditos se actualizarán con intereses moratorios según la tasa del Banco Central, con un tope que no puede superar el capital ajustado por IPC más un 3% anual.

La reforma también reduce los plazos de caducidad de instancia. En primera o única instancia pasan a ser de seis meses, y en segunda instancia o juicios sumarísimos, de tres meses. Estos nuevos plazos se aplican a causas en trámite desde el día siguiente a la publicación de la ley.

Derogación de estatutos y pérdida de regímenes especiales

Otro aspecto con impacto directo en trabajadores actuales es la derogación total de estatutos laborales específicos. Al eliminarse estas leyes, los empleados alcanzados pasan a regirse por la Ley de Contrato de Trabajo general.

Entre los regímenes derogados se encuentran el Estatuto del Periodista, el Régimen de Viajantes de Comercio y la ley de Teletrabajo. Este cambio implica que los derechos previstos en esas normas dejan de aplicarse hacia adelante.

La reforma también elimina artículos que establecían sanciones agravadas para empleadores en caso de conductas maliciosas en juicio. La derogación de estas disposiciones afecta a cualquier trabajador que inicie un reclamo judicial luego de la entrada en vigencia de la ley.

En conjunto, la reforma redefine el marco laboral no solo para futuros empleos, sino también para quienes hoy trabajan en Río Negro y en todo el país, al modificar los efectos legales de hechos que aún no ocurrieron dentro de relaciones ya existentes.

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