La Corte Suprema suspendió la derogación de la Ley de Tierras Rurales impulsada por Milei

El máximo tribunal dictó una medida cautelar interina que restableció temporalmente las restricciones a la compra de tierras rurales por parte de extranjeros. La decisión se mantendrá vigente hasta que se expida el Juzgado Federal de Bariloche.

Qué debe resolver el Juzgado Federal de Bariloche
9 octubre, 2026 portal infochucao INTERÉS GENERAL

La Corte Suprema de Justicia de la Nación suspendió provisoriamente los efectos del artículo 154 del DNU 70/2023, que había derogado la Ley de Tierras Rurales (Ley 26.737). La medida fue dictada el 9 de octubre de 2026 y restableció temporalmente las restricciones vigentes para la compra de tierras rurales por parte de extranjeros.

La decisión se tomó durante un acuerdo extraordinario del máximo tribunal, que dispuso una medida cautelar interina mientras continúan pendientes los planteos judiciales vinculados con la derogación de la norma.

La resolución fue firmada por los ministros Horacio Rosatti y Ricardo Lorenzetti, junto con los conjueces Diego Barroetaveña y Juan Ignacio Pérez Curci. En tanto, el ministro Carlos Rosenkrantz votó en disidencia.

Por qué intervino la Corte Suprema

Entre los fundamentos de la medida, la Corte señaló la necesidad de evitar daños irreparables al medio ambiente y garantizar la tutela judicial efectiva, ante la falta de resolución de los planteos pendientes en los tribunales inferiores.

La suspensión alcanza de manera provisoria los efectos del artículo del decreto de necesidad y urgencia firmado durante el gobierno del presidente Javier Milei, que había eliminado la vigencia de la Ley de Tierras Rurales.

Sin embargo, la decisión no constituye un fallo definitivo sobre la constitucionalidad de la derogación. Por el momento, el máximo tribunal no resolvió de manera definitiva si la modificación impulsada mediante el DNU 70/2023 se ajusta a la Constitución.

Qué debe resolver el Juzgado Federal de Bariloche

La medida cautelar continuará vigente hasta que el Juzgado Federal de Bariloche se pronuncie sobre la legitimación de los demandantes y analice la solicitud de amparo presentada.

Entre las organizaciones que impulsaron el planteo se encuentra la Asociación Civil Árbol de Pie, junto con otras entidades que cuestionaron la derogación de la ley.

El próximo paso será, por lo tanto, la intervención del juzgado federal, que deberá determinar si los demandantes están legitimados para promover la acción y avanzar con el análisis del amparo. Hasta entonces, permanecerá suspendida provisoriamente la aplicación del artículo 154 del DNU 70/2023.

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