Qué dice la ordenanza de El Hoyo sobre acampe y estacionamiento tras las quejas en Puerto Patriada

La normativa municipal vigente regula dónde pueden estacionar los vehículos, prohíbe el acampe fuera de campings habilitados y fija multas en Unidades Fiscales, en el marco de los reclamos registrados en Puerto Patriada.

El Honorable Concejo Deliberante de El Hoyo sancionó una ordenanza que modifica el régimen de multas y regula el estacionamiento y el acampe en sectores del ejido municipal, disposiciones que forman parte del marco legal vigente en el que se produjeron las quejas registradas en Puerto Patriada.

Se trata de la Ordenanza Municipal N.º 001/2024 HCD MEH, aprobada por el Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo, provincia de Chubut, que introduce cambios a la normativa sobre uso del espacio público, con especial alcance sobre vehículos, motorhomes y campers.

La norma toma como antecedente la Ordenanza N.º 032/2016, la Ordenanza N.º 002/2020 y una nota del Juzgado de Faltas Municipal, en la que se solicitó la adecuación de los valores de las sanciones.

Según el texto oficial, el objetivo es “readecuar las sanciones previstas, reemplazando los montos expresados en módulos por su equivalente en Unidades Fiscales (UF)”, Ordenanza Municipal N.º 001/2024 HCD MEH.

Cómo se calculan las multas

La ordenanza establece que “una Unidad Fiscal equivale a un litro de nafta Premium expendida en la localidad”, Ordenanza Municipal N.º 001/2024 HCD MEH, y que su valor se actualiza de manera anual.

En su Artículo 1.º, la norma modifica el artículo 2.º de la Ordenanza N.º 002/2020 y dispone que “todo vehículo que no ingrese a un camping habilitado deberá estacionar en los lugares establecidos por el Municipio”, Ordenanza Municipal N.º 001/2024 HCD MEH.

El Artículo 2.º fija que el incumplimiento de esta disposición será sancionado con una multa de 70 Unidades Fiscales, conforme al esquema vigente.

Estas reglas alcanzan a quienes estacionen o pernocten fuera de los espacios definidos por el Municipio, independientemente de que el vehículo cuente o no con servicios propios.

Prohibición de acampe en la costa del Lago Epuyén

A través del Artículo 3.º, el Concejo Deliberante resolvió “prohibir el acampe sobre la costa del Lago Epuyén”, en el tramo comprendido desde el ingreso al predio de la Junta Vecinal hasta el acceso al camping El Faro.

El texto aprobado establece que el incumplimiento de esta prohibición será sancionado con una multa de 35 Unidades Fiscales.

La ordenanza fue sancionada en sesión extraordinaria el 5 de enero de 2024 y promulgada por el Departamento Ejecutivo Municipal, quedando registrada, comunicada y publicada conforme a la normativa local.

El contenido de esta norma constituye el marco legal vigente en el que se produjeron las quejas de viajeros en Puerto Patriada, quienes denunciaron restricciones para permanecer en sectores de estacionamiento y la exigencia de trasladarse a campings habilitados, en línea con lo que fija la ordenanza municipal.

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