Vacunación VIP en Chubut: exdiputado y médico pagarán $4 millones para evitar ir a juicio

El exdiputado nacional Santiago Igon estaba acusado de recibir la vacuna contra el Covid-19 sin pertenecer a los grupos prioritarios. El Tribunal Oral Federal de Comodoro Rivadavia resolvió extinguir la causa penal a cambio de una compensación económica destinada al Hospital Zonal de Esquel.

El exdiputado nacional Santiago Igón y el médico Emiliano Biondo evitarán el juicio oral en la causa conocida como “vacunación VIP” en Esquel. El Tribunal Oral Federal de Comodoro Rivadavia resolvió extinguir la acción penal tras aceptar una propuesta de reparación integral.

Según la resolución, Igón deberá pagar $3.000.000 y Biondo $1.000.000, montos que serán destinados al Hospital Zonal de Esquel, donde ocurrió el hecho. El episodio data del 17 de febrero de 2021, cuando Igón se vacunó contra el Covid-19 pese a no estar incluido en los grupos de riesgo priorizados, registrándose como “personal de salud” para acceder a la dosis.

Contexto del caso

El hecho ocurrió durante los primeros días del operativo de vacunación en Argentina, cuando las dosis eran escasas y estaban reservadas para personal de salud y adultos mayores. La noticia de que funcionarios y dirigentes habían accedido a las vacunas fuera de protocolo generó un rechazo social generalizado.

En el caso de Esquel, el Ministerio Público Fiscal acusó a Igón y Biondo por el delito de “aceptación de dádivas”, que sanciona a quienes reciben beneficios indebidos en razón de su cargo. Al confirmar el procesamiento, la Cámara Federal de Comodoro Rivadavia sostuvo: “Para ese momento, sólo podían acceder a la vacuna quienes presentaban esa condición”.

Por qué el Tribunal aceptó la reparación

La defensa propuso aplicar la figura de “reparación integral”, prevista en el artículo 59 inciso 6 del Código Penal. Este mecanismo permite extinguir la acción penal si se compensa el daño causado.

Aunque la Fiscalía objetó el planteo por tratarse de funcionarios, el Tribunal consideró que los argumentos eran “genéricos” y no se ajustaban al caso concreto. Además, evaluó que la propuesta de pago era voluntaria, proporcional y destinada a un hospital público, lo que la volvía adecuada como forma de justicia restaurativa.

Reparación integral y no probation

Los jueces aclararon que esta figura no debe confundirse con la suspensión de juicio a prueba (probation). Mientras la probation tiene restricciones para funcionarios públicos, la reparación integral es un mecanismo autónomo que busca resolver conflictos penales mediante compensación del daño.

El fallo subrayó que la solución no implica impunidad, sino una salida alternativa prevista en la ley, que permite al Estado recibir un beneficio económico para fortalecer el sistema de salud.

Próximos pasos y repercusión

El fiscal del caso había manifestado su rechazo al acuerdo, por lo que podría presentar un recurso ante la Cámara Nacional de Casación Penal.

Para los imputados, la aceptación de la propuesta implica el sobreseimiento definitivo y la imposibilidad de que el expediente avance a juicio. Una vez acreditado el depósito, la causa quedará cerrada.

Fuentes judiciales recordaron que un mecanismo similar se aplicó al expresidente Alberto Fernández en la causa por la “fiesta de Olivos”, y en numerosas causas por violación de las restricciones de circulación durante la pandemia, cuyos aportes económicos se destinaron a comedores comunitarios.

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