ARCA controla las transferencias: desde qué monto vigila las operaciones en septiembre

En tiempos de transferencias instantáneas y expansión de las billeteras virtuales, surge la duda sobre qué pasa si recibís una suma importante en tu cuenta. La Agencia Nacional de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) fija los límites que marcan cuándo una operación queda bajo observación.

Si el dinero tiene un origen comprobable —como la venta de un auto, una propiedad o el cobro de un trabajo facturado— en principio no deberías tener mayores problemas.

De todas formas, las entidades financieras pueden retener los fondos de manera preventiva hasta que presentes la documentación que respalde la operación.

La situación cambia si se trata de una transferencia de gran magnitud sin justificación, donde sí pueden surgir complicaciones, en especial con la intervención de ARCA.

Nuevos montos de control en septiembre

Desde junio rigen los nuevos topes que marcan el umbral a partir del cual se monitorean las operaciones bancarias y virtuales. Esta medida responde a una “actualización semestral automática basada en las variaciones del Índice de Precios al Consumidor (IPC) elaborado por el INDEC, de acuerdo a la Resolución General 5512/2024”, según informó la entidad.

En caso de superarse esos límites, se pueden activar alertas de control que derivan en un análisis más exhaustivo por parte de ARCA.

Los umbrales definidos para personas físicas son:

  • Transferencias o acreditaciones: $50.000.000 (antes $2.000.000).
  • Extracciones en efectivo: $10.000.000.
  • Saldos bancarios a fin de mes: $50.000.000.
  • Plazos fijos: $100.000.000.
  • Billeteras virtuales: $50.000.000.
  • Tenencias en sociedades de bolsa: $100.000.000.
  • Compras de consumidor final: $10.000.000.
  • Pagos: $50.000.000.

En tanto, para personas jurídicas los montos se fijaron en $30.000.000 en la mayoría de las operaciones.

Qué documentación exige ARCA

Cuando los fondos provienen de una operación legítima, los bancos y fintech pueden requerir comprobantes antes de liberar el dinero.

Entre los documentos más habituales se encuentran:

  • Contratos de compraventa o comprobantes de pago.
  • Facturas emitidas (monotributo o régimen general).
  • Recibos de sueldo o jubilación.
  • Constancia de inscripción en el monotributo.
  • Certificados de origen de fondos firmados por contador público.

Con esa documentación suele ser suficiente para destrabar la operación. Los especialistas recomiendan mantener los papeles ordenados y actualizados, en especial si realizás operaciones frecuentes o de alto valor.

Qué hacer si el banco bloquea una operación

Si una transferencia queda bajo observación, lo recomendable es:

  • Responder con la documentación solicitada por la entidad.
  • Avisar al banco previamente si esperás recibir una suma significativa, indicando monto, fecha y procedencia.
  • Evitar fraccionar montos en varias transferencias para esquivar límites, ya que esto puede generar más alertas.

En los casos en que no se logre justificar el origen de los fondos, ARCA puede aplicar sanciones, bloquear temporalmente la cuenta e incluso derivar la investigación a la Unidad de Información Financiera (UIF) por posible lavado de activos.

Sé el primero en comentar

Deja una respuesta

Su dirección de correo electrónico no será objeto de publicidad.


*