
El organismo advirtió que no fueron presentadas las rendiciones correspondientes a septiembre, octubre y noviembre de 2025 y fijó un plazo de 15 días para regularizar la situación.
El Tribunal de Cuentas emitió la Resolución N° 16/26 desde Rawson, con fecha 5 de marzo de 2026, en el marco del expediente N° 42.353, año 2025, vinculado a la Municipalidad de Epuyén. En el documento se señala que, tras el análisis del expediente caratulado como rendición de cuentas del ejercicio 2025, se detectó la falta de presentación de documentación correspondiente a parte del período anual.
El texto indica que, “la MUNICIPALIDAD DE EPUYÉN no ha presentado las Rendiciones de Cuentas del período septiembre a noviembre de 2025”, según consta en el informe de la Relatoría Fiscal de la Fiscalía N° 3 del organismo. Además, se recuerda que existen normativas vigentes que regulan estos procedimientos y establecen consecuencias en caso de incumplimiento.
Plazo de 15 días para regularizar la situación
En ese sentido, el Tribunal resolvió avanzar con una intimación formal al responsable del Ejecutivo local. La resolución establece que “se aprueban normas para la presentación de las Rendiciones de Cuentas cuyo incumplimiento dará lugar a la aplicación de las multas establecidas por los artículos 17° inc. m) y n) y 18° inc. c) de la Ley V N° 71, según corresponda”.
Asimismo, se determina la responsabilidad directa del intendente en funciones, a partir de lo informado por la Fiscalía interviniente. En el mismo documento se afirma que “resulta responsable Intendente: Sr. José CONTRERAS, de la presentación de las Rendiciones de Cuentas de los meses de septiembre a noviembre de 2025”. Frente a esta situación, el Tribunal resolvió intimar al jefe comunal para que regularice la presentación en un plazo determinado.
Apercibimiento de proceder conforme a la ley
La resolución establece de manera explícita la exigencia y las condiciones del plazo otorgado. En ese marco, se dispone que “conminar al responsable de la Municipalidad de EPUYÉN: Intendente Sr. José CONTRERAS, a presentar las Rendiciones de Cuentas de los meses de septiembre, octubre y noviembre de 2025, dentro del término de quince (15) días”.
El documento también advierte que, en caso de no cumplir con lo requerido, se avanzará conforme a la normativa vigente. En ese sentido, se detalla que el plazo se fija “bajo apercibimiento de proceder conforme los artículos 17° inc. m) y n) y 18° inc. c) de la Ley V N° 71, según corresponda”.
Finalmente, el Tribunal dispuso las acciones administrativas correspondientes para la continuidad del trámite. La resolución lleva la firma de las autoridades del Tribunal de Cuentas, incluyendo al presidente y vocales, junto a la secretaría actuante.

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